CASTELLÓN, 25 Abr. (EUROPA PRESS) –
Un hombre reclama al Banco Santander 1.062.612,33 euros que invirtió en dos productos financieros de dicha entidad bancaria al considerar que hubo un incumplimiento por parte del banco con respecto a su deber de transparencia, pues cuando los contrató recibió documentación que carecía de la información básica para poder hacerse una idea adecuada de las características de la inversión, lo que determina la nulidad del contrato de adquisión de los productos al estar “viciado” el consentimiento prestado, según la demanda interpuesta.
El juicio se ha celebrado este lunes en el juzgado número 4 de Castellón a puerta cerrada a petición de las partes, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.
La demanda señala que en diciembre de 2005 al demandante le tocó un premio en la Bonoloto (6.497.075,15 euros) y decidió quedarse él con el 60 por ciento del total (3.900.000 euros) y el resto lo repartió entre sus cuatro sus hijos a partes iguales (65.000 euros para cada uno).
El demandante, que se ha dedicado laboralmente a la construcción, la hostelería y la pesca y procedía de una familia muy humilde, tiene una competencia lectora que se sitúa en un nivel bajo respecto a la asimilación y comprensión de la información escrita, incluso cuando se trata de textos cortos, con estructuras simples y vocabulario adaptados a la escolarización del tercer curso de Primaria, según un informe pericial realizado por una psicóloga clínica.
Así, ingresó el dinero inicialmente en una entidad bancaria y, posteriormente, lo traspasó a otra. Más tarde decidió acudir al Banco Santander Central Hispano para trasladar sus cuentas al mismo.
RIESGO
De esta forma, según la demanda, se suscribieron de forma inmediata dos estructurados tridentes por un importe de 900.000 euros, que implicaba meter el 25 por ciento del total del dinero disponible en una inversión de “elevadísimo” riesgo y que, como contrapartida, tenía una elevada rentabilidad para el Banco de Santander y los gestores que colocaron dicho producto.
En 2009, el Banco de Santander, a la vista de la “deficiente” evolución de los productos estructurados contratados, ofreció al cliente otro producto estructurado para sustituir a los anteriores, ligado a una cesta de 25 valores cotizantes en distintas bolsas europeas, y le dijeron que en breve tiempo se recuperaría el dinero invertido. Para ello se le dio a firmar un test de idoneidad para evaluar su perfil como inversor, que fue realizado de manera “meramente formal” por parte de la entidad y, “de haberse hecho de forma adecuada, debió haber concluido que el perfil del cliente era de inversor conservador”, indica la demanda.
Según la demanda, se observa un incumplimiento por parte del banco de Santander con respecto a su deber de transparencia impuesto por la normativa vigente, pues cuando se adquirieron los productos el cliente recibió documentación que carecía de la información básica para poder hacerse una idea adecuada de las características de dicha inversión, lo que determina la nulidad del contrato de adquisición de los productos al estar viciado el consentimiento prestado.
La actuación de la entidad dentro de la relación contractual de asesoramiento financiero -según la demanda-, debe calificarse como “dolosa”, por cuanto se omitió deliberadamente la información esencial relativa a la operación, así como “negligente” debido a la falta de previsión de neutralidad en la actuación profesional por parte de la entidad.
En la demanda se solicitan los 900.000 euros invertidos, más 273.612,33 euros en concepto de intereses, es decir, 1.173.612,33 euros, aunque como el demandante percibió rendimientos de 111.000 euros, que deberá restituir, se deben compensar ambas cantidades, por lo que la reclamación a la entidad bancaria demandada asciende a 1.062.612,33 euros.
DOLO
Según la demanda, los contratos adolecen de un consentimiento nulo al haber sido prestado por error y concurriendo dolo en la conducta de la entidad, ya que el cliente no fue informado de las características del producto ni advertido de los riesgos del mismo.
El letrado del demandante ha indicado a los medios de comunicación tras finalizar el juicio que han pedido a la Administración de Justicia que declare que determinados productos suscritos por su cliente en 2007 sean declarados nulos, “porque sobre determinados productos financieros la información que tiene el banco y el cliente es distinta, y esa diferencia informativa y de conocimiento debe trasladarse a un plus de exigencia de la transparencia en la información al cliente”.
“De esta forma, determinados productos que se denominan complejos por nuestra legislación requieren un plus de transparencia porque si el cliente no los comprende, los riesgos del producto pueden dar lugar a una nulidad en la contratación del producto”, ha añadido el abogado, quien cree que su cliente fue “víctima de los creativos bancarios”.
Por su parte, el demandante ha manifestado su “tristeza”, porque, según ha asegurado, los directores del Banco de Santander le han “engañado, estafado y robado todo lo que tenía” y le han “destrozado” la vida. Así mismo, ha explicado que cuando en 2009 fue a sacar 30.000 euros para pagar una operación de rodilla le dijeron que no tenía dinero, “por lo que se me cayó el mundo encima”.