Subvenciones desde 2.500€ si incrementas tu plantilla de trabajadores
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15 de septiembre de 2017
La Comunidad de Madrid mantiene abierta la convocatoria de ayudas dirigidas al fomento de la contratación estable de desempleados de la región.
BENEFICIARIOS:
Para poder beneficiarse de la ayuda las empresas, autónomos o entidades sin ánimo de lucro deberán incrementar su nivel de empleo con las contrataciones subvencionadas.
TIPOS DE CONTRATACIONES:
Se subvencionan los contratos indefinidos así la conversión de contratos temporales o formativos en contratos indefinidos.
CUANTÍAS
Las cuantías según los tipos de contratación son las siguientes:
- 2.500€ las conversiones de contratos formativos o temporales en indefinidos a tiempo completo.
- 3.000€ si el contrato temporal que se convierte en indefinido afecta a un trabajador/ra mayor de 45 años.
- 3.000€ por contrato inicial indefinido a tiempo completo.
- 3.500€ por contrato inicial indefinido a tiempo completo realizado a una persona mayor de 45 años o mujeres en riesgo de exclusión.
- 4.000€ cada contrato indefinido a tiempo completo realizado a mujeres con especiales dificultades de inserción y mayores de 45 años.
*En el caso de contrataciones a tiempo parcial, el importe se reducirá proporcionalmente en función de la jornada establecida debiendo ser, como mínimo, del 62,5% de la jornada de un trabajador a tiempo completo.
ANTIGÜEDAD EN EL SERVICIO REGIONAL DE EMPLEO
- Contratación indefinida inicial: Las personas contratadas deberán llevar inscritas en la Oficina de Empleo de la CAM al menos durante un mes ininterrumpido, e inmediatamente anterior a la contratación.
- En el caso de contratación de mujeres en riesgo de exclusión: deberán estar inscritas en la Oficina de Empleo al menos durante 360 días de los 540 días anteriores a la contratación.
- Conversión en indefinidos: las personas trabajadoras que vinieran disfrutando de un contrato formativo o temporal que desempeñen su actividad en centros de trabajo de la Comunidad de Madrid.
PERMANENCIA
- El empresario deberá tener contratados a esos trabajadores durante un mínimo de 12 meses. En caso de que el trabajador con contrato subvencionado cause baja voluntaria o sea despedido, el empresario tiene un mes para reemplazarlo. Puede cambiar al trabajador hasta en dos ocasiones (cumpliendo los requisitos del perfil desempleado) dentro de ese primer año. En el caso de no reemplazarlo, deberá devolver la subvención.
Redacción: @MargaMCasal
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