Permisos de maternidad, paternidad y lactancia
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15 de febrero de 2017
La duración del permiso por maternidad es de 16 semanas (112 días) o de 18 semanas (126 días) en caso de parto o adopción múltiple.
La trabajadora en situación de maternidad disfrutará obligatoriamente de las 6 semanas posteriores al parto o la adopción, pero puede ceder las 10 semanas restantes al otro progenitor.
En cuanto al permiso de paternidad, a partir del 01 de enero de 2017, tiene una duración de 4 semanas (28 días) que el padre podrá disfrutar en cualquier momento, y siempre dentro el periodo de las 16 semanas del descanso por maternidad.
LACTANCIA
Respecto a la lactancia, los trabajadores/as con hijos menores de 9 meses tienen derecho a una hora de ausencia del trabajo, al comienzo o al final de la jornada a su elección. Esta hora de lactancia, hasta un total de 112 horas, se podrá también acumular para su disfrute continuado. Así en una jornada completa estas 112 horas corresponden a un permiso retribuido de 14 días laborables y en los contratos a tiempo parcial, los días se calcularán en proporción a la jornada realizada diariamente.
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