Es obligatorio disponer de Certificado favorable de la revisión de instalación eléctrica del local
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30 de agosto de 2017
La Comunidad de Madrid realiza periódicamente inspecciones de las instalaciones eléctricas de los locales de pública concurrencia. Según el “Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión”, se establece que los locales como bares, restaurantes o cafeterías deben realizar la revisión de sus instalaciones eléctricas, cada cinco años, por parte de un Organismo de Control Autorizado.
Los titulares de los locales deberán disponer de un de sus instalaciones eléctricas, con el fin de asegurar el cumplimiento del Reglamento.
No disponer del certificado puede sancionarse con multas de 3.005 € hasta 9.015 €.
LISTADO DE ENTIDADES DE CONTROL AUTORIZADO
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