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Nuevas ayudas a la contratación de menores de 30 años

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29 de julio de 2016

Nuevas ayudas a la contratación de menores de 30 años - La Viña

La Comunidad de Madrid aprueba un programa de ayudas para la contratación de jóvenes menores de 30 años con residencia en la Comunidad de Madrid que estén dados de alta en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Las ayudas están cofinanciadas por el Fondo Social Europeo y la Iniciativa de Empleo Juvenil dentro del Programa Operativo de Empleo Juvenil.

El crédito disponible para la contratación de estos jóvenes son: 7.000.000,00 de euros para el Programa Impulso a la Contratación en Prácticas; 8.000.000,00 de euros para el Programa Refuerzo de los Incentivos al Contrato de Formación y Aprendizaje y 8.000.000,00 de euros para el Programa Contratación Estable de Jóvenes.

REQUISITOS:

a) La duración de los contratos deberá ser de, al menos, 12 meses.
b) Los contratos deberán formalizarse por escrito en el modelo establecido al efecto por el Servicio Público de Empleo Estatal y la persona contratada deberá haber sido dado de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.
c) Tanto el alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social como el inicio de la relación laboral deben ser previos a la presentación de la solicitud y que, en todo caso, entre la fecha de alta y la de presentación de la solicitud no deberá transcurrir más de un mes.
d) El centro de trabajo en el que preste sus servicios la persona contratada deberá estar radicado en la Comunidad de Madrid.

Requisitos específicos del Programa de Impulso a la Contratación en Prácticas: En los contratos en prácticas la contratación del joven deberá ser en una ocupación directamente relacionada con su titulación y acorde a su nivel de estudios o formación. Será exigible a estos efectos que el alta del joven en Seguridad Social se realice en el grupo de cotización correspondiente a su nivel de estudios o formación.

Requisitos específicos del Programa de Refuerzo a los Incentivos al Contrato de Formación y Aprendizaje:
El contrato de formación y aprendizaje sólo puede formalizarse a jornada completa.
La actividad laboral desempeñada por el trabajador en la empresa deberá estar relacionada con la actividad formativa.

Requisitos específicos del Programa de Contratación Estable de Jóvenes:

a) Únicamente podrá subvencionarse un máximo de diez contrataciones por beneficiario en cada ejercicio presupuestario. Si la solicitud superase el límite establecido, el solicitante decaerá en su derecho a la solicitud presentada con respecto a las contrataciones que excedan del referido límite, que hayan sido determinadas por el mismo tras requerimiento efectuado al efecto por el órgano gestor, continuando la tramitación para el resto de las contrataciones presentadas.

b) La contratación indefinida deberá suponer un incremento neto del nivel de empleo indefinido de la empresa. Para calcular dicho incremento, se tomará como referencia el promedio diario de trabajadores que hayan estado contratados de manera indefinida en el centro de trabajo donde preste sus servicios el trabajador por cuyo contrato se solicita la subvención, en los treinta días anteriores a la celebración del contrato por el que se solicita la ayuda. A efectos de examinar el incremento neto del nivel de empleo indefinido de la empresa no se tendrán en cuenta las variaciones por dimisión o baja voluntaria o bajas por incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez o fallecimiento o jubilación de trabajadores.

CUANTÍAS

a) Se subvencionará con un importe de 5.500 euros cada contrato en prácticas a tiempo completo siempre que la duración del mismo sea de, al menos, doce meses.

b) Se subvencionará con un importe de 4.300 euros cada contrato en formación y aprendizaje a tiempo completo siempre que la duración del mismo sea de, al menos, doce meses.

c) Se subvencionará con un importe de 5.500 euros cada contrato indefinido a tiempo completo siempre que la duración del mismo sea de, al menos, doce meses.

Las cuantías de subvención indicadas anteriormente se incrementarán en 500 euros en el caso de que los jóvenes contratados sean mujeres.

En los supuestos de contratación a tiempo parcial en los contratos de prácticas e indefinidos, el importe de la subvención se reducirá proporcionalmente en función de la jornada establecida teniendo en cuenta que, en todo caso, la jornada no podrá ser inferior al 62,5 por 100 de la jornada de un trabajador a tiempo completo comparable.

En los supuestos en que se produjeran extinciones de contratos subvencionados por voluntad del trabajador, muerte, incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, y siempre que el contrato haya tenido una duración de al menos seis meses, el importe de la subvención se reducirá en un 50 por 100.

BENEFICIARIOS

1. Podrán acogerse a estas subvenciones los trabajadores autónomos, las empresas, y las entidades de carácter privado sin participación pública que no tengan ánimo de lucro, que reúnan los requisitos y condiciones que se establecen en el presente Acuerdo.

2. No podrán acogerse a las subvenciones previstas en este Acuerdo, los entes, organismos y entidades que formen parte del sector público, así como las comunidades de bienes, las sociedades civiles, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas o cualquier otro tipo de patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan realizar las actuaciones que darían derecho a las ayudas.

SOLICITUDES

1. El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto de forma continuada desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de cada ejercicio anual. No obstante, las solicitudes deberán presentarse en el plazo máximo de un mes desde la fecha de alta del trabajador en el Régimen correspondiente.

2. Las solicitudes se cumplimentarán en el modelo que figura como Anexo I a este acuerdo:  Descargar aquí el formulario de solicitud de la ayuda

3. Se presentarán preferentemente por vía telemática o en el Registro de la Dirección General del Servicio Público de Empleo, (Vía Lusitana, 21, 28025, Madrid).

Redacción: @MargaMCasal


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