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Las ventajas de llevar al día la contabilidad de tu pyme

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22 de marzo de 2017

Las ventajas de llevar al día la contabilidad de tu pyme - La Viña

Llevar al día las cuentas de la empresa nos ofrecerá una información muy valiosa para la toma de decisiones en el negocio. Para poder disponer de esta información, conocer la situación real del negocio y tomar las decisiones adecuadas, es conveniente seguir cinco pautas básicas:

  1. Disponer de todas las facturas: debemos pedir la factura a todos nuestros proveedores, incluidos los minoristas (pescadero, carnicero, frutero, panadero, etc.) que nos suelen emitir tiquets que no son válidos para Hacienda. Pediremos la factura a todos nuestros proveedores para poder declararlo como gasto.
  2. Contabilidad al día: para controlar el gasto contabilizaremos mensualmente todos los gastos que se van realizando en la pyme hostelera.
  3. Hacer un balance mensual: para conocer la situación real del negocio haremos un balance mensual donde se comparen los ingresos con los gastos. De esta forma, sabremos si el negocio está siendo rentable y conoceremos nuestros márgenes de beneficio mes a mes.
  4. Realizar una contabilidad analítica: conociendo la rentabilidad del negocio mes a mes podremos compararla con la de años anteriores y evaluar si el negocio está mejorando o no. Esta información nos permitirá detectar si debemos adoptar cambios en el modelo de negocio, en la oferta de productos, dirigirnos a otro cliente potencial, etc.
  5. Contar con asesores expertos: es conveniente contar con un experto/asesor que nos ayude a cumplir con nuestras obligaciones tributarias.

PLAZOS

Esta contabilidad del negocio quedará reflejada en el Libro Diario y el Libro de Bienes de Inversión. En el caso de las sociedades mercantiles debe legalizarse en el Registro Mercantil cuatro meses después del cierre del ejercicio fiscal. Si como la mayoría de las empresas, haces coincidir esa fecha de cierre con el final de año, el límite para legalizar los libros sería hasta el 30 de abril.

El plazo para depositar las Cuentas Anuales de las Sociedades es hasta un mes después de su aprobación por parte de la Junta General de Accionistas. El plazo límite es hasta el 31 de julio.

Redacción: @MargaMCasal


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